MADRID, 22 (EUROPA PRESS
Los contribuyentes tendrán que pagar un IVA del 21% en las facturas de luz y teléfono en el mes de septiembre aunque se refieran al consumo de meses anteriores tras la entrada en vigor del cambio fiscal introducido por el Gobierno de Mariano Rajoy.
En cambio, si las cuotas de abono fijas de un servicio telefónico se pagan anticipadamente (facturas correspondientes a los meses de agosto y septiembre que se pagan en agosto) se aplicará el tipo del impuesto vigente, en este caso el 18%.
Así consta en uno de los ejemplos que ha publicado la Agencia Tributaria en su web ante la inminente subida del impuesto, que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre.
Con esta modificación, el tipo general de IVA pasará del 18% actual al 21% y el tipo reducido del 8% al 10%. Además, el cambio incluye una redefinición del tributo por la que algunos productos y servicios ahora incluidos en el grupo de IVA reducido pasarán a tributar al tipo general.
Por otro lado, Hacienda explica que el tipo aplicable en operaciones de compraventa es independiente a la fecha de expedición de la factura. De esta forma, si una operación se realiza en agosto pero la factura se expide en septiembre tributará al 18% y no al 21%.
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